SOAP 2025

“No dejes de cumplir la Ley”

Seguro de carácter obligatorio establecido por la Ley 18.490, la cual establece que todo vehículo motorizado, sean motocicletas, camionetas, automóviles, entre otros, que circulen en territorio nacional y que requieran de un permiso de circulación, deberán estar asegurados contra el riesgo de accidentes personales.

Cubre los riesgos de muerte, lesiones corporales y gastos hospitalarios, que puedan sufrir las personas como consecuencia de accidentes en que intervenga el vehículo asegurado, sus remolques o sus cargas.

Vigencia: desde el 1 de Abril de cada año y hasta el 31 de Marzo del año siguiente.

Coberturas:
• Muerte UF 300
• Incapacidad Permanente Total (IPT) UF 300
• Incapacidad Permanente Parcial (IPP) UF 200
• Gastos de Hospitalización UF 300


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